Sociedad de Medicina del Trabajo

de la Provincia de Buenos Aires

Hola a todos!
Les cuento que trabajo en una empresa de medicina laboral, hacemos preocupacionales donde la gente manifiesta el consumo de drogas (marihuana, cocaina) en la declaración jurada y a otras les sale positivo el screening.
Que creen uds que se debe hacer en estos casos en relación a la aptitud para ingresar. Mi pregunta se orienta principalmente a lo legal, la discriminación, sumado a la reciente despenalización del consumo privado. Tengan presente que hay empresas que no cuentan con un servicio médico y pueden ser administrativos u operarios.

Visitas: 462

Respuestas a esta discusión

Hola Antonio, te cuento que manejamos cada caso en forma particular . Si el empleado va a trabajar en un puesto en el que pudiese poner en riesgo su integridad física o la de terceros les damos un No Apto para la tarea propuesta. Cuando va a realizar trabajos administrativos, le damos el Apto. Si tienen servicio médico lo hablamos con el médico a cargo para seguimiento, caso contrario sugerimos interconsulta para el tratamiento de la adicción.

Algunos empleados incluso firman el consentimiento para realizar el screening, si la empresa lo ha solicitado, sabiendo que va a dar positivo. También hay empresas que solicitan el screening sin la autorización del empleado.

Tenemos por un lado el tema médico y por otro lado el tema legal, en el cual siempre se nos presentan dudas.

La realidad es que al trabajar en una empresa donde se realizan exámenes laborales, el médico se encuentra limitado para realizar una tarea preventiva y de asistencia, ya que en el único momento en el que vemos al paciente es durante el examen físico. Luego nos manejamos con la empresa solicitante, ya sea con el servicio medico o con RRHH.

Además como los médicos laborales somos el jamón del sándwich, tenemos que obrar como médicos resguardando la salud del empleado y proteger los intereses económicos de la empresa. Por lo cual, si damos el apto a una persona con una adicción, ¿estamos perjudicando a la empresa? Y si le damos un no apto, ¿estamos perjudicando indirectamente la salud del postulante?; Y sumado a esto, ¿estamos obrando dentro de la ley?

En relación a la despenalización me da la impresión que la gente interpreta que consumir drogas está bien, por lo cual deja de ser algo que oculten, llegan al consultorio y te dicen: _ " consumo marihuana, pero solo cuando salgo con mis amigos"_. Se le puede ver el lado positivo, ya que si te lo cuentan, se les puede ofrecer ayuda, pero también puede ser un incentivo para el consumo de drogas.

También surge un interrogante con algo que mencionas, SECRETO MEDICO. Muchas veces quien pide los exámenes es el personal de RRHH, y las empresas no cuentan con servicio médico. Son ellos quienes reciben el informe, el cual, si bien va en sobre cerrado con sello que dice “CONFIDENCIAL” o “SECRETO MÉDICO”, la realidad es que al exámen preocupacional lo colocan en el legajo del empleado. Por otro lado quien te llama y te pregunta, ¿Por qué le sugerís la interconsulta? O ¿Por qué le solicitas este estudio complementario?, ¿Por qué es un Apto B? ¿Por qué es No Apto? es el personal de RRHH. Incluso en los servicios médicos en las empresas, el personal de RRHH y el médico se ven obligados a menejar temas médico laborales en conjunto cuando un empleado se ausenta por una enfermedad prolongada por ejemplo. En estos casos, se cumple con el SECRETO MEDICO?

Saludos.



Antonio Camerano dice:
Estimada Colega: Su planteo es un tema muy delicado y desde mi punto de vista amerita en el marco de la Ley, de la MEDICINA PREVENTINA y EL DEBER DE OBRAR DE ASISTENCIA, aconsejar completar con EXAMEN PSICOTÉCNICO (completo) y/o eventual Entrevista con Médico Psiquiatra antes de definir el caso. En relación al Screening debería hacerse con consentimiento del postulamte y en relación a riesgo de exposición. Todo esto bajo el marco del SECRETO MÉDICO. En este foro existen muchos profesionales y especialistas Letrados que pueden aportar "en lo práctico" que conducta se toma, a saber: el que declara ya entra en un marco de OBRAR COMO MÉDICOS en el marco de la Ley (de ello sería muy importante la opinión del Dr. Ernesto Gonzalez) y el resto en úntima instancia también. Me gustaría saber que conducta toman ustedes, sugiriendo visitar el siguiente enlace:
http://www.csjn.gov.ar/cmf/cuadernos/pdf/vol4_2_2005/curia.pdf

slds, y queda el tema abierto.
El tema es muy delicado.
Lo que humildemente sugiero es que sepan cual es el rol del postulante para saber el perfil del preocupacional que tienen que pedir, no es lo mismo administrativo, que operario, que conductor, que trabajador en altura. Tendrian que lograr que la empresa para la que se desempeñan, o sea la clinca laboral no haga examenes de drogas " en secreto" a personas que no saben que se las efectuan. Tambien podrian tratar que por un tema legal los examenes medicos se archiven en el centro medico laboral y vender ese servicio; o tener asesorio juridica sobre una mejor manera de preservarse en el caso que los preocupacionales medicos terminen en el legajo de rrhh. Finalmente para el apto evaluar si la persona en este estado, de acuerdo a lo que consuma y a su rol sea o no peligrosa para si, para terceros o para la maquinaria o el patrimonio. Hay posiciones en las que puede hasta ser mas productivo, como las que tienen que ver con lo creativo y otras en las que son definitivamente peligrosos.
Saludos
Queria agregar que si bien esta extendida la emision de aptos con letras, asienta en una norma que finalmente nunca fue oficial, por loque se puede considerar emitir apto, no apto o apto con restriccion para tal cosa.Saludos
Estimados: Pienso que lo primero es en la entrevista pre-laboral , explicar al postulante la politica de la empresa ( "no trabajar bajo los efectos de drogas o alcohol ") a la que quieren ingresar. Si el postulante está de acuerdo, tendria que firmar un formulario y RRHH guardarlo
Luego se pasaría al examen pre-ocupacional. En el caso de que la empresa pida screenning, este se tendria que hacer con el consentimiento del postulante.
La aptitud pasaria por el tipo de tarea a realizar, al riesgo de la tarea.
En cuanto al secreto médico es un tema delicado, que constantemente nos vemos obligados a defender. Especialmente cuando el revelado de datos puede desencadenar un problema legal.
Laura, que buen aporte, la empresa debe empezar por hac erse cargo de su política!
Estimados colegas :

Que tema !!!
Pienso que es importante que la empresa tenga una Politica general de Salud Ocupacional que debiera ser conocida y notificada a todos los empleados,donde unos de los capitulos debiera ser su posición como organización frente a la problemática de las adicciones y su respuesta y accionar ante la detección de algún caso; esto como primer paso.En cuanto al screening,mi postura es que debe ser comunicado por escrito a los postulantes previo a la realización del examen preocupacional y debiera firmarse una autorización para realizar el análisis,además la conducta a seguir en caso de algún positivo.
Para esto es imperante tener un programa en marcha y ofrecer soporte al postulante que resultare positivo,en mi experiencia al notificar esta politica previamente,por lo general el que es adicto No se presenta al exámen .Un tema a considerar y de suma importancia es la toma de muestra considerando hacerla en condiciones que aseguren la no adulteración de la misma.
Por principio no estoy de acuerdo que la información medica la maneje RRHH y este es un vacio que gracias a la ley vigente sancionada entre "gallos y media noche", no contempla tener un medico laboral en TODAS las empresas,independientemente de la cantidad de empleados que tenga.En el caso del secreto medico tengo mi opinión personal,No olvidar nunca que se trata de un ACTO MEDICO y debemos actuar acorde a la ley,sin embargo en algunos casos MUY especiales,debe prevalecer el criterio y sentido común para seleccionar MUY particularmente y específicamente a quien dar información dentro de la empresa.y en caso que fuera imprescindible debiera ser, al mas alto nivel de la organización y esta debería garantizar la NO divulgación de la misma.

Saludos

Nicolás Santoro
Así es Nicolás es importante poner en marcha una Política que deje muy clara la mirada de la Empresa ante la problemática adictiva. Un abrazo. Ernesto

Nicolàs Santoro dice:
Estimados colegas :

Que tema !!!
Pienso que es importante que la empresa tenga una Politica general de Salud Ocupacional que debiera ser conocida y notificada a todos los empleados,donde unos de los capitulos debiera ser su posición como organización frente a la problemática de las adicciones y su respuesta y accionar ante la detección de algún caso; esto como primer paso.En cuanto al screening,mi postura es que debe ser comunicado por escrito a los postulantes previo a la realización del examen preocupacional y debiera firmarse una autorización para realizar el análisis,además la conducta a seguir en caso de algún positivo.
Para esto es imperante tener un programa en marcha y ofrecer soporte al postulante que resultare positivo,en mi experiencia al notificar esta politica previamente,por lo general el que es adicto No se presenta al exámen .Un tema a considerar y de suma importancia es la toma de muestra considerando hacerla en condiciones que aseguren la no adulteración de la misma.
Por principio no estoy de acuerdo que la información medica la maneje RRHH y este es un vacio que gracias a la ley vigente sancionada entre "gallos y media noche", no contempla tener un medico laboral en TODAS las empresas,independientemente de la cantidad de empleados que tenga.En el caso del secreto medico tengo mi opinión personal,No olvidar nunca que se trata de un ACTO MEDICO y debemos actuar acorde a la ley,sin embargo en algunos casos MUY especiales,debe prevalecer el criterio y sentido común para seleccionar MUY particularmente y específicamente a quien dar información dentro de la empresa.y en caso que fuera imprescindible debiera ser, al mas alto nivel de la organización y esta debería garantizar la NO divulgación de la misma.

Saludos

Nicolás Santoro
Estimados: totalmente de acuerdo con los demas colegas, el consentimiento firmado es fundamental, pero mas lo es la politica de alcohol y drogas de la empresa, si esta esta bien clara y sobre todo "Fundamentada" en un marco de la seguridad laboral, y como dice el doctor generalmente el adicto no se presenta al examen. El tema del secreto medico es muy importante y estoy de acuerdo en que si hay que plantear algo tiene que ser en las mas altas esferas de la empresa. y la evaluacion psiquiatrica antes de determinar la aptitud creo que muchas veces es definitoria y respalda mucho nuestras decisiones. Creo que desde el punto de vista del examen preocupacional hay muchas herramientas y estan bastante consensuadas, el problema se nos presenta, y demaciado a menudo por desgracia, con el periodico y las empresas que hacen screening, por eso creo que es fundamental implementar medidas de deteccion , prevencion y concientizacion asi como planes de contingencia para este tema que es muy complicado.
En relación a este topico "APTITUDES MEDICAS LABORALES EN PERSONAS CON ADICIONES", les queria consultar y dejar una consulta puntual:

Que conducta tomar en el caso de un empleado de un medio sanatorial (enfermera) con problemas de adiccion, cuando la reubicación laboral no limita su acceso a drogas peligrosas. Se debe alejar del puesto de tareas y cuales son los puntos legales a tener en cuenta.

Quedo a la espera de v/respuesta al respecto s/vuestras consideraciones y experiencia.
Hoy por hoy son cada vez más las empresas que adhieren a Políticas Preventivas de Uso Indebido de Drogas, al contemplar el tema desde la perspectiva " evitar daños para si, para tercero, las instalaciones y el medio ambiente" . El médico laboral que forma parte de estas campañas comprende que el objetivo es salvaguardar la confidencialidad del examinado pero también proteger la salud y seguridad de la comunidad trabajadora de la cual se encuentra a cargo.
Recordemos que el Secreto Médico es parte del Secreto Profesional considerado en la Ley de Habeas Data e involucra a todas aquellas personas que manejan "datos sensibles", datos que hacen a la intimidad de los individuos. En cierto punto del procedimiento algún representante del Departamento de RRHH (Recursos Humanos) tendrá que estar al tanto de casos en situación de abuso y definir en consecuencia accionando interdisciplinariamente con el Servicio Médico -ó tal vez en soledad si no cuenta con este tratándose de los Exámenes Preocupacionales-. Esta persona estará alcanzada en el manejo de la información por la responsabilidad de mantener el mencionado Secreto Profesional.
En cuanto al Médico es su obligación salvaguardar lo conocido bajo el ejercicio de su profesión salvo en situaciones de "evitar un mal mayor" (Ley del Ejercicio de la Medicina, Odontología y actividades auxiliares, Art. 11).
En cuanto a la Aptitud en Exámenes Preocupacionales considero deben agotarse los recursos complementarios en la valoración de personas que se postulan para puestos sensibles -de riesgo-, y dejarlo debidamente documentado al extender la Aptitud ya que en caso de infortunio laboral las consecuencias legales pueden ser conflictivas. Si existe un Uso Indebido de Drogas No es Apto. De no ser puesto sensible se tomarán otras consideraciones que los colegas ya han expuesto.
Sugiero uniformar el mensaje de los Exámenes Preocupacionales: Son Aptos ó No Aptos (con ó sin Preexistencias que ameritarán -de acuerdo el caso- homologaciones) No existe jurisprudencia (resolución, decreto, ley) con categorías: A, B, C, etc. que solo agregan confusión al tema.
Un cordial saludo.
Muy buen día Paola, en principio y como fundamental, hay que contar con una política escrita. Y además un programa. De esta forma se sigue un procedimiento, y no estamos improvisando. Este tema que tocás es justo lo que en este momento estamos dando en la Diplomatura en prevención laboral en adicciones en la Escuela de Salud Pública de la UBA, tomando en cuenta que aún existe un vacío legal en la materia para el ámbito laboral, pese a que ya existe un proyecto de ley del semador nacional Marcelo Guinle. Quedo a tu disposición para todo detalle. Cordial saludo. Ernesto (011)153287-4508
Archivos adjuntos:
Respecto a la Calidad de Aptitud esta normada en la resolución 460/08 de la SRT, que Sustituye el Anexo I de la Resolución S.R.T. Nº 45 de fecha 20 de junio de 1997 , en el formulario que se utiliza para Homologación de Preexistencias en el Examen Preocupacional, en la hoja4 que llena y firma el Médico del Trabajo del Empleador, figuran tres categorías:
Apto con preexistencia , apto sin preexistencia y no apto.
Y no se habla más de Apto A,B.,C.,D .E
Dr. Marcó .

RSS

16as. Jornadas de Salud Ocupacional

Palais Rouge, Buenos Aires, 12 al 14 de noviembre de 2012

 http://www.smtba.net/page/15as-jornadas-de-salud

XIII CONGRESO LATINOAMERICANO DE SALUD OCUPACIONAL

Palais Rouge, Buenos Aires, 1 al 4 de octubre de 2013

http://www.smtba.net/page/also



Fotos

Cargando…
  • Agregar fotos
  • Ver todos

© 2012   Creado por Admin.   Tecnología de

Insignias  |  Informar un problema  |  Términos de servicio